4UNIDAD DE SALUD FAMILIAR Y LA ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD

 Salud Pública y Ejes Estratégicos 2008 – 2013.

Los ejes estratégicos que guían actualmente el accionar del MSPyBS responden a la necesidad de:

Fortalecer la rectoría del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional de Salud, a fin de que ejerza la autoridad sanitaria en todo el territorio nacional.

Promover, desde un enfoque de derechos y de territorios sociales, un modelo de Atención Primaria en Salud (APS) orientado a garantizar el acceso universal, la gratuidad, la calidad y calidez de la atención en salud para toda la población paraguaya”.

Se adopta un nuevo enfoque de Promoción de la Equidad en Calidad de Vida y Salud que supone “pasar de un modo asistencial y curativo a un modo promocional de la salud y de la calidad de vida”. Lo promocional se define ahora como “la puesta en marcha de acciones para proteger la salud, ya sean preventivas, educativas, curativas y/o rehabilitadoras”.

También se pretende un abordaje transectorial, lo que significa “elaborar respuestas integradas que actúen sobre la compleja causalidad de los problemas”. En esta perspectiva, la “transectorialidad parte del análisis conjunto de varias disciplinas sobre la causalidad del problema permitiendo construir respuestas integradas que enfrenten la raíz del problema y no la diversidad de consecuencias del mismo como sería desde un abordaje intersectorial”.

Uno de los desafíos es entonces la instalación, articulación y fortalecimiento de Redes de Atención –principal, complementaria y de apoyo- en todo el país,a partir de la Estrategia de Atención Primaria en Salud (APS) como medio para articular el Sistema Nacional de Salud, bajo un nuevo modo de prestación de servicios enfocado a atender las necesidades de las personas en todas las etapas del ciclo vital”.

La nueva dinámica exige un constante impulso a Planes y Programas de  Desarrollo Institucional a fin de crear las condiciones para la transición de un modo de atención curativo a un modo de atención basado en la Estrategia de APS, y el respeto a los Derechos Humanos, lo que supone fortalecer, capacitar y reorientar los equipos humanos en los diversos niveles de atención en salud”.

Todo este proceso implica a su vez “promover e incorporar la participación protagónica de la ciudadanía y la gestión social, desde los territorios sociales, de modo a dar respuesta a sus necesidades, articulando a distintos sectores del desarrollo social que promuevan la calidad de vida y salud”.

 

Fondo de Equidad para la Administración Descentralizada en Salud.

Para hacer frente a la declarada gratuidad de algunos servicios y reducir el alto costo de bolsillo que los pacientes deben enfrentar ante una enfermedad, las autoridades del Ministerio de Salud Pública resolvieron transferir recursos provenientes del Estado (Fuente 10) a Consejos Regionales y Locales de Salud legalmente constituidos. Estos recursos forman parte del denominado “Fondo de Equidad para la Administración Descentralizada”.

Recordemos que el proceso de descentralización tiene como base legal la Ley N° 1.032/96 que crea el Sistema Nacional de Salud y sus decretos reglamentarios N° 19.966/98 y N° 22.385/98. Pero luego de varios años de inercias y confusiones, y de algunos intentos aislados, se destraba el proceso con la aprobación de la Ley N° 3.007/06, que autoriza legalmente a los Consejos de Salud a administrar localmente sus recursos de salud.

Estas transferencias de recursos se rigen  por el “Acuerdo Contractual de Compromiso para la Descentralización Administrativa Local en Salud y la Prestación de Servicios de Salud”, que firma el Ministerio con cada Gobernación, Municipalidad y Consejo de Salud interesados en y comprometidos con el proceso de descentralización. Una vez que un Consejo de Salud firma este “Acuerdo Contractual de Compromiso”, todos sus actos de organización y procedimientos administrativos están regidos por instrumentos financieros aprobados por las resoluciones ministeriales N° 184/08 y N° 369/08 (Ver Anexo Requisitos).

El “Manual de Organización y de Procedimientos Administrativos” para los Consejos Locales de Salud (CLS) descentralizados es un aporte del Equipo Técnico Nacional de Descentralización en Salud  y un texto de consulta obligado.

Desde el 2008, con el nuevo gobierno hay una apuesta decidida por el proceso de descentralización en salud y por primera vez se otorgan recursos del Estado para ser administrados de forma local. Anteriormente, los Consejos de Salud administraban localmente los recursos que generaban sus respectivos establecimientos sanitarios, pero ante la declaración de gratuidad de la atención las recaudaciones mermaron, por lo que el Ministerio de Salud Pública decidió establecer tales transferencias.

De acuerdo a los documentos e informes de desembolso de la página web del MSPBS,  en el 2010, 17 de los 21 municipios de Caaguazú se integran al sistema descentralizado de salud, proceso que se inicia en el 2008 en 2 municipios: Cnel. Oviedo y Caaguazú. Los 17 CLS recibieron en dicho año 2.955 millones de guaraníes, pero los fondos aún no llegan a JDO que recién se incorpora al nuevo sistema en el 2011.

 

El Sistema de Salud en el Municipio

El Municipio de José Domingo Ocampos cuenta con 1 Puesto de Salud, en pleno centro urbano, al costado de la Municipalidad, que hasta hace poco funcionaba como puesto de salud y actualmente como Unidad de Salud Familiar USF, y que  ha sido ampliado en el 2007 pero la sala de parto no llegó a equiparse como previsto. Según un entrevistado “recién ahora tiene médico y algunos medicamentos básicos”. En caso de partos, las mujeres tienen que desplazarse ya sea a Campo 9, dónde la atención es privada y se paga, o al Centro de Salud de O´Leary que desde hace poco está equipado para partos y también acuden al Hospital de la Fundación Tesay en el KM 42.

La salud pública no parece ser el fuerte del Municipio, como no lo era cuando se trataba de una colonia privada y eso tiene en cierta medida su historia.  El predio destinado inicialmente por la empresa colonizadora a la Iglesia, Escuela y Plaza se transfiere al Obispado de Coronel Oviedo. En parte de este predio y sobre ruta se inicia en 1971 la construcción del Hospital, un sólido y sobrio edificio de dos pisos, cuyo diseño fue realizado por un arquitecto alemán. La obra duró 3 años y en ella colaboraron los colonos, que se organizaban y turnaban por cuadrilla y barrio.  En 1975, llegaron las hermanas franciscanas desde España y la administración estuvo a cargo de las mismas hasta 1987, año en que son reemplazadas por las Siervas del Espíritu Santo del obispado de Coronel Oviedo.  Según cuentan, en aquella época “había médico contratado, el equipamiento era de lo mejor, venían de todos lados a consultar porque la atención era barata y había una farmacia social”.

Otro elemento que contribuyo al éxito de la atención de la salud en tiempos de la colonia fue la llegada a principios de la década del 70 de una enfermera alemana, viuda de un militar y devota de la congregación del Verbo Divino, quien junto con un padre alemán empiezan con la farmacia social, que se instala al costado del hospital. De ahí que gracias a las buenas gestiones y aportes solidarios tuvieran “toda clase de medicamentos y se vendía muy barato, era una buena época”. Este servicio de farmacia social, al que se agrega hoy en día un laboratorio de análisis clínico, aún continúa ubicado ahora al costado del Centro de Salud.

En el 2009 se cierra el Hospital cuando el Obispado de Coronel Oviedo no llega a encontrar una congregación que se haga cargo del  mismo. Finalmente, se negocia con la Asociación de Adultos Mayores que se constituye como asociación civil en el 2011 y ésta se hace cargo del mantenimiento del local, luz y teléfono. La Municipalidad colabora en las gestiones ante el Obispado, y con la limpieza del patio, pinturas y el pago parcial de una asistente.  La Asociación busca reflotar la experiencia de la farmacia social, para lo cual cuentan con un fondo de 9 millones de guaraníes. La Asociación gestiona la venida de un médico y otros especialistas, lo que tendría un costo de 25 mil guaraníes la consulta, pero hasta ahora la misma no prospera.

En este contexto, y con estos antecedentes, el Consejo Local de Salud se llega a constituir hace un par de años  pero no llega aún a  funcionar, aunque están ahora en proceso de formalización pero no ha habido capacitación ni fondos. Según una entrevistada, la situación se politiza, “ante la expectativa de recibir recursos, decían que 300 millones al año”, a través del Fondo de Equidad del MSPBS. Finalmente, el Consejo de Salud se reconstituye en una asamblea convocada a raíz de la renuncia del director del Puesto y por que el consejo no se reunía; en esa ocasión, algunos liberales abandonan la sesión, disconformes con la propuesta de que el Intendente sea el Presidente del Consejo. El nuevo CLS cuenta con 5 miembros, está presidido por el Intendente Municipal, el vicepresidente es de Tekojoja, la tesorera y Secretaria son coloradas y 1 miembro vinculado al M20.  También cuenta con su Comité  Ejecutivo, conformado por el director del Puesto de Salud y 2 miembros liberales.

La Unidad de Salud Familiar (USF) finalmente se implementa  a partir de noviembre del 2010. Está conformado por un equipo de 2 médicos, 1 licenciada en obstetricia y 1 enfermera. Según la Jefa de Servicios, “como USF no hay presupuesto, porque no está conformado el Consejo Local de Salud (CLS), por problemas políticos”. En esta versión, el hecho que se tenga un intendente colorado y un gobernador liberal, al parecer, traba el entendimiento. Por cierto que  JDO no entró como prioridad hasta el 2011 por que el proceso de descentralización es gradual, esta espera afectó los ánimos.

Al indagar sobre el presupuesto de una USF, nos respondieron que “los salarios del personal se pagan a través del Ministerio de Salud. El presupuesto destinado a la USF lo maneja la gobernación, por ejemplo, a la limpiadora y al peón de patio la Gobernación les paga el salario, pero son contratos por 3 meses nomás, después hay que hacer toda la burocracia para conseguir de vuelta las contrataciones”. Así también, anteriormente la farmacia social la manejaba la Gobernación, ahora no se tiene farmacia porque no hay CLS para administrarla. Con aporte de la municipalidad se paga el salario a un funcionario.

La población del distrito es de aproximadamente 11.000 personas y la USF debe atender en teoría a una población de 3.800 personas.  Los servicios disponibles son: a) consultas generales, b) control de crecimiento y desarrollo, c) vacunaciones, d)control prenatal, e) planificación familiar, f) examen de mamas, g) control de presión arterial, h)control de azúcar en la sangre, i) curaciones, j)visitas domiciliarias y actividades de promoción de la salud y prevención de enfermedades.  La USF no cuenta con  Agentes Comunitarios, pero se realizan charlas educativas en los barrios (Aty en comunidades).  Se convoca  a través de las capillas y a través de líderes comunitarios, y se sale al campo “una vez a la semana, este año salimos los días martes”.

Un efecto inmediato o logro mencionado es el incremento en el número de consultas, de unas 150 a fines del 2010 se llega a 800 un año después”.  Y la queja reiterada es la no disponibilidad de un servicio de partos, por que “si bien la construcción está, no se cuenta con el equipamiento ni los recursos humanos”. Un servicio urgente que obliga a rever la cuestión del equipamiento necesario y de los horarios de atención…ya que otro problema relevado es que el puesto de salud cierra a las 1pm, por lo que “en las tardes y en las noches los enfermos no tienen a dónde ir”.

La entrevistada confirma que las parturientas se van a O´Leary, pero ahí “no tienen médico permanente y eso es muy arriesgado.  Generalmente gestiono para que vayan a Tesai en el km 42 Iguazú (en auto, a 40 minutos); también presto servicios ahí los fines de semana, entonces coordino con las pacientes para que vayan ahí; es una fundación de Itaipú, hay de todo y es gratis”. Y para las que no tienen esta oportunidad de hospitalizarse, “existen siempre las parteras empíricas (chaé), en el 2010 hubo una capacitación para ellas en Caaguazú.  Siempre hay una partera en cada comunidad”.

Según un mapa del censo realizado casa por casa por la propia USF  (foto) -sin apoyo logístico y cartográfico de la DGEEC-,  la población en los barrios atendidos o visitados (o más bien censados, ya que también vienen a consultas desde otros barrios) es la siguiente:   Alegre  714; San Blas 424;  Centro Urbano Balsa 662; Arsenio Báez  1.076; Frankonia 433, lo que equivale a una población de 3.309 personas.

Fuente:   BASE-ECTA 2012. Diagnóstico de Gestión Municipal y Royalties (2009-2010-2011) y Mapeo de las Organizaciones de la Sociedad Civil. Distrito de José Domingo Ocampos, en www.basecta.org.py

 

REQUISITOS PARA SER OBJETO DE TRANSFERENCIAS DEL MSPYBS.

Fuente: www.mspbs.gov.py

Cada Consejo Regional o Local de Salud para ser beneficiario de la transferencia de recursos por parte del Ministerio de Salud Pública debe cumplir una serie de requisitos. Según establece la Resolución S.G. N° 369/08, cada Consejo, sea Regional o Local,  debe contar con:

1. Estatutos Sociales refrendados por Escribanía;

2. Personería Jurídica;

3. Mesa Directiva y Comité Ejecutivo, con mandatos vigentes;

4. Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC);

5. Acuerdo Contractual de Compromiso para la Descentralización Administrativa

    Local en Salud y la prestación de Servicios de Salud firmado y vigente;

6. Reglamento de organización y procedimientos administrativos, aprobado por

    Resolución del Consejo Regional o Local de Salud;

7. Cuenta Corriente y/o Caja de Ahorro, a nombre del Consejo Regional o Local de

    Salud, según sea el caso;

8. Declaración jurada referente al cumplimiento de las obligaciones tributarias que

    constan en la inscripción del RUC en el Ministerio de Hacienda, y,

9. Libro de actas para el registro de sus reuniones y sesiones.

Para solicitar a las autoridades sanitarias la firma del “Acuerdo Contractual de Compromiso para la Descentralización Administrativa Local en Salud y la prestación de Servicios de Salud”, paso indispensable para ser sujeto de la transferencia de recursos del Estado, se deben presentar los siguientes documentos:

  1. Acta de Constitución del Consejo Regional o Local de Salud, validado por escribanía.
  2. En el caso de un Consejo Local de Salud, aprobación de constitución por parte del Consejo Regional de Salud.
  3. Registro Oficial en la Dirección Regional del MSPyBS y en el Consejo Nacional de Salud.

Por su parte, para que el Intendente Municipal pueda suscribir el acuerdo con el Ministerio de Salud Pública y demás actores, se requiere de la aprobación de la Junta Municipal, según lo establece el Art. 10°, Inc. C, del Decreto Nº  9.966/98.

Los firmantes del acuerdo son: Ministro de Salud Pública y Bienestar Social; Gobernador Departamental; Secretario de Salud/Presidente del Consejo Regional de Salud; Director Regional; Intendente Municipal; Presidente del Consejo Local de Salud; Director del Establecimiento de Salud local.

Toda la documentación requerida debe ser remitida a: Dirección General de Descentralización del Ministerio de Salud Pública, Pettirossi c/ Brasil,  Planta Baja, Asunción. Consultas o asistencia técnica: (021) 225-028 o al correo electrónico dgds@mspbs.gov.py